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Pago de las prestaciones por desempleo

El pago de la prestación y del subsidio por desempleo se realizará mediante el abono de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.

De manera, excepcional, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite el pago en efectivo por la entidad financiera en los siguientes casos, siempre que estén debidamente justificados:

  • Cuando exista alguna circunstancia, y solo mientras esta se mantenga, que no permita al SEPE, en un momento dado, ingresar la prestación en tu cuenta.
  • Cuando alegues y justifiques alguna circunstancia personal por la cual el pago por ingreso en cuenta pueda ocasionarte algún perjuicio grave. El SEPE podrá tener en cuenta las causas que hayas indicado.
    Las circunstancias personales que podrían admitir son las siguientes:
    • Ser víctima de violencia de genéro o encontrarse en una situación que necesite especial protección, a fin de preservar la identidad y seguridad de las personas afectadas. Estas situaciones se justifican con el documento proporcionado por la Administración competente, salvo que ya estuvieran debidamente justificadas en el expediente.
    • Cuando alegues y justifiques que no puedes abrir una cuenta corriente.
    • Cuando tengas autorizado por el SEPE el pago por recibo y las causas que indicaste para obtener esta autorización figuren justificadas en el expediente.